La Unidad Politécnica de Integración Social (UPIS) se encarga de elaborar la carta de liberación del Servicio Social para los alumnos de las carreras de Biblioteconomía y Archivonomía que cursaron bajo los Planes de Estudios 2000, en las modalidades tanto escolarizada como no escolarizada.
Así mismo, es responsable de todo el proceso de servicio social de los alumnos pertenecientes a los Planes de Estudios 2019, para ambas carreras y modalidades.
Debido a que se trata de procesos diferentes para cada plan de estudios, los interesados deberán identificar el plan de estudios al que pertenecen para poder conocer el procedimiento que les corresponde y la normatividad que les aplica.
Los alumnos de estos Planes de Estudios en ambas modalidades que hayan cubierto el 70% de sus créditos, podrán iniciar el proceso de registro al servicio social a través del Sistema Institucional de Servicio Social del Instituto Politécnico Nacional (SISS). Para conocer si cuentan con el porcentaje de créditos cursados necesario, deberán consultarlo en su cuenta de SAES o en las ventanillas de Gestión Escolar.
Pueden consultar la página del Sistema Institucional de Servicio Social del Instituto Politécnico Nacional (SISS) en la siguiente liga:
Existen dos supuestos bajo los cuales se realiza el servicio social para quienes estudiaron bajo este Plan de Estudios:
Se trata de aquellos alumnos que deben realizar 480 horas de servicio, con base en los artículos 52 y 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5°Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones, desarrollando las actividades encomendadas y avaladas por la institución de gobierno de su elección. El procedimiento en estos casos es el siguiente:
Concluido el registro, deben esperar a que el departamento de UPIS revise su solicitud; en caso de errores, se dará el estatus “Con errores” y deberán corregir; de ser correctos, se dará el estatus de “Validado”. Posteriormente, el prestatario con quien realizarán su servicio deberá darles el estatus de “Aceptado” y designarles un Responsable Directo.
Los siguientes documentos deberán entregarse dentro de las fechas límite marcadas en el calendario de Prestación de Servicio Social:
NOTA: Cabe mencionar que, en caso de no entregar en tiempo los documentos, se procederá a recorrer las fechas de inicio y término del servicio social hasta que se cumpla con esta parte del proceso.
Una vez entregados los documentos, podrán comenzar su servicio de acuerdo a las fechas elegidas.
Alumnos de los planes 2019 que trabajan al servicio del Estado (nivel municipal, estatal o federal) con al menos seis meses de antigüedad comprobable.
Los alumnos que puedan liberar su servicio por artículo 91 deberán realizar su registro en la página del SISS, seleccionando la opción “Trabajador al Servicio del Estado, Artículo 91”; en la pantalla de “Prerregistrar prestador por Artículo 91”, llenar el formato de prerregistro (incluyendo fechas de inicio y término del servicio, aun cuando no se realice tradicionalmente) y, una vez validados, deberán entregar la siguiente documentación:
NOTA: Los trabajadores por honorarios no podrán liberar su servicio por artículo 91. Los trabajadores de confianza o interinos deberán demostrar tener antigüedad ininterrumpida, y deberán permanecer laborando por seis meses consecutivos, entregando mensualmente al Departamento de UPIS copia de sus talones de pago para comprobar la continuidad de su trabajo en dependencia gubernamental.
Para dudas, entrega de documentos y otros asuntos relacionados con el servicio social, deberán dirigirse al Departamento de UPIS en el edificio administrativo, extensión 58105, correo electrónico del titular de UPIS.
Esta modalidad aplica para los estudiantes mayores a 60 años o quienes padecen una enfermedad grave que les impida realizar el servicio social.
El proceso es similar a los anteriores: en la página del SISS, deberán realizar su registro en la opción “Servicio Social por Artículo 52”; en la pantalla de “Prerregistrar prestador”, se debe llenar el formato de prerregistro, en este caso el sistema no solicita fechas de inicio y término. Una vez guardada la información, deberán esperar a que el Departamento de UPIS revise y valide la información registrada.
Nuevamente, el proceso dependerá del supuesto al que pertenezcan los prestadores.
Se trata de aquellos alumnos que deben realizar 480 horas de servicio, con base en los artículos 52 y 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5°Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones, desarrollando las actividades encomendadas y avaladas por la institución de gobierno de su elección. El procedimiento en estos casos es el siguiente:
NOTA: Los alumnos de modalidad escolarizada deberán pasar a las oficinas de UPIS a recoger su carta; los alumnos de modalidad no escolarizada podrán solicitarla por correo electrónico bajo condición de recoger el documento impreso en cuanto tengan oportunidad de acudir a la escuela.
Aquellos que lo liberan por artículo 91 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y en el Artículo 52 de la misma Ley; así mismo, de acuerdo a lo que indica el Capítulo VIII del Reglamento de Servicio Social de la ENBA. Este supuesto está dirigido a alumnos que no requieren realizar su Servicio Social por encontrase en alguno de los tres casos descritos a continuación:
Para quienes se encuentran en este segundo supuesto, deberán tomar en cuenta los siguientes puntos:
NOTA: La unidad de aprendizaje “Estancia profesional”, correspondiente al quinto semestre, no puede liberarse por artículo 91. Es obligatorio desarrollar las actividades que corresponden a la Estancia según indicaciones emitidas por la Subdirección Académica.
Si el interesado cumple con los requisitos del artículo 91, deberán entregar en las oficinas de la UPIS los siguientes documentos:
Una vez entregada la documentación, se procederá a realizar la carta de liberación la cual deberán recoger tres días hábiles después de presentar la solicitud.
NOTA: Los alumnos de la modalidad no escolarizada deberán seguir los mismos procedimientos descritos anteriormente; en caso de encontrase en el primer supuesto, deberán mantener comunicación con sus jefes de licenciatura respectivos por correo electrónico.
En caso de estar en el segundo supuesto, deberán enviar sus documentos escaneados al correo electrónico del titular de UPIS.
Los alumnos de modalidad escolarizada deberán pasar a recoger su documento impreso entre tres y cinco días hábiles posteriores a su solicitud; los de modalidad no escolarizada lo recibirán por correo electrónico, pero deberán recoger su carta en cuanto tengan oportunidad de acudir a la escuela.
Cabe señalar que la liberación del servicio social como trabajadores activos de gobierno o de exención como personas discapacitadas o mayores de 60 años no los exime de cursar las asignaturas de Estancia Profesional y Servicio Social en quinto y noveno semestres, respectivamente, en los términos establecidos por la Subdirección Académica.
Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00
Teléfono: 5557296000 Ext. 58193
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