Servicio Social

Trámites para la liberación del Servicio Social

La Unidad Politécnica de Integración Social (UPIS) se encarga de elaborar la carta de liberación del Servicio Social para los alumnos de las carreras de Biblioteconomía y Archivonomía que cursaron bajo los Planes de Estudios 2000, en las modalidades tanto escolarizada como no escolarizada.

Así mismo, es responsable de todo el proceso de servicio social de los alumnos pertenecientes a los Planes de Estudios 2019, para ambas carreras y modalidades.

Debido a que se trata de procesos diferentes para cada plan de estudios, los interesados deberán identificar el plan de estudios al que pertenecen para poder conocer el procedimiento que les corresponde y la normatividad que les aplica.

Plan de Estudios 2019

Los alumnos de estos Planes de Estudios en ambas modalidades que hayan cubierto el 70% de sus créditos, podrán iniciar el proceso de registro al servicio social a través del Sistema Institucional de Servicio Social del Instituto Politécnico Nacional (SISS). Para conocer si cuentan con el porcentaje de créditos cursados necesario, deberán consultarlo en su cuenta de SAES o en las ventanillas de Gestión Escolar.

Pueden consultar la página del Sistema Institucional de Servicio Social del Instituto Politécnico Nacional (SISS) en la siguiente liga:

https://serviciosocial.ipn.mx/

Existen dos supuestos bajo los cuales se realiza el servicio social para quienes estudiaron bajo este Plan de Estudios:

PRIMER SUPUESTO: PRESTADORES TRADICIONALES

Se trata de aquellos alumnos que deben realizar 480 horas de servicio, con base en los artículos 52 y 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5°Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones, desarrollando las actividades encomendadas y avaladas por la institución de gobierno de su elección. El procedimiento en estos casos es el siguiente:

  1. Lo primero que deben hacer es determinar en qué lugar desean realizar su servicio social. Para conocer los proyectos disponibles, deberán ingresar a la página del SISS mencionada anteriormente.
  2. Dentro de la página de Bienvenida del SISS, deberán entrar a donde dice “ver las vacantes disponibles”. Luego de seleccionar el nivel, área y carrera correspondientes, la página les permitirá abrir “Prestatarios por perfil”.
  3. En “Prestatarios por perfil” se encuentra la lista de prestatarios con proyectos de servicio social disponibles. Seleccionando la opción “ver”, podrán revisar la información de cada proyecto: la actividad a desarrollar en el servicio, el nombre del prestatario (institución, empresa o asociación que ofrece el servicio), el domicilio, etc.
  4. Una vez seleccionado el prestatario y proyecto de interés, deberán contactar al representante del proyecto para presentarse, acordar horarios y obtener el visto bueno. Es importante realizar este paso antes de prerregistrarse en la página del SISS.
  5. Una vez que tengan el visto bueno del prestatario, deberán ir nuevamente a la página del SISS y seleccionar “prerregistrarte como alumno solicitante”; luego de leer el aviso y aceptar, se abrirá la pantalla de Tipos de Servicio Social, seleccionen la opción “aquí” en “Tradicional”.
  6. En “Prerregistrar prestador”, deben introducir todos los datos solicitados por el sistema, incluyendo los datos del programa donde se realizará el servicio.
  7. Casi al final del formulario, se puede ver la liga “Ver fechas autorizadas por la DEySS”, es obligatorio abrirla y revisarla, ya que esta liga muestra los calendarios con las fechas de inicio, término y límite para entrega de documentos autorizados por el instituto. Todo inicio de servicio deberá hacerse de acuerdo a las fechas registradas en el calendario, dependiendo de si se hará dentro del IPN (calendario “Para realizarlo en programas dentro del IPN”) o en un lugar externo (“Para realizarlo en programas “a distancia” y/o externos al IPN”).
  8. Regresando al formulario, las fechas que deben registrarse en “Fecha de inicio del servicio social” y “Fecha de término del servicio social” deben corresponder a las fechas presentadas en los calendarios. No se admitirán fechas diferentes.
  9. En “Horario de asistencia”, deberán registrar obligatoriamente cuatro horas por día de servicio, de acuerdo a lo acordado con el prestatario.

Concluido el registro, deben esperar a que el departamento de UPIS revise su solicitud; en caso de errores, se dará el estatus “Con errores” y deberán corregir; de ser correctos, se dará el estatus de “Validado”. Posteriormente, el prestatario con quien realizarán su servicio deberá darles el estatus de “Aceptado” y designarles un Responsable Directo.

Documentos a entregar

Los siguientes documentos deberán entregarse dentro de las fechas límite marcadas en el calendario de Prestación de Servicio Social:

  1. Carta compromiso: se descarga del SISS hasta que son aceptados en sistema por el prestatario y se designe un responsable.
  2. CURP (fecha de emisión menor a tres meses).
  3. Comprobante de estudios (Constancia para trámite servicio social) reciente.
  4. Constancia de vigencia de derechos del IMSS (seguro facultativo). Todo prestador de servicio social está obligado a tener un servicio médico, sea el facultativo o uno externo. La entrega de la Constancia de vigencia es obligatoria, independientemente del tipo de servicio médico que se tenga.

NOTA: Cabe mencionar que, en caso de no entregar en tiempo los documentos, se procederá a recorrer las fechas de inicio y término del servicio social hasta que se cumpla con esta parte del proceso.

Una vez entregados los documentos, podrán comenzar su servicio de acuerdo a las fechas elegidas.

SEGUNDO SUPUESTO: PRESTADORES POR ARTÍCULO 91

Alumnos de los planes 2019 que trabajan al servicio del Estado (nivel municipal, estatal o federal) con al menos seis meses de antigüedad comprobable.

Los alumnos que puedan liberar su servicio por artículo 91 deberán realizar su registro en la página del SISS, seleccionando la opción “Trabajador al Servicio del Estado, Artículo 91”; en la pantalla de “Prerregistrar prestador por Artículo 91”, llenar el formato de prerregistro (incluyendo fechas de inicio y término del servicio, aun cuando no se realice tradicionalmente) y, una vez validados, deberán entregar la siguiente documentación:

Documentos a entregar
  1. Carta compromiso descargada del SISS.
  2. CURP (fecha de emisión menor a tres meses)
  3. Comprobante de estudios (Constancia para trámite servicio social) reciente
  4. Constancia laboral (fecha de emisión menor a tres meses y que indique la antigüedad mínima de seis meses)
  5. Dos talones de pago (menores a dos meses previos a la fecha de validación)

NOTA: Los trabajadores por honorarios no podrán liberar su servicio por artículo 91. Los trabajadores de confianza o interinos deberán demostrar tener antigüedad ininterrumpida, y deberán permanecer laborando por seis meses consecutivos, entregando mensualmente al Departamento de UPIS copia de sus talones de pago para comprobar la continuidad de su trabajo en dependencia gubernamental.

Para dudas, entrega de documentos y otros asuntos relacionados con el servicio social, deberán dirigirse al Departamento de UPIS en el edificio administrativo, extensión 58105, correo electrónico del titular de UPIS.

TERCER SUPUESTO: SERVICIO SOCIAL POR ARTÍCULO 52

Esta modalidad aplica para los estudiantes mayores a 60 años o quienes padecen una enfermedad grave que les impida realizar el servicio social.

El proceso es similar a los anteriores: en la página del SISS, deberán realizar su registro en la opción “Servicio Social por Artículo 52”; en la pantalla de “Prerregistrar prestador”, se debe llenar el formato de prerregistro, en este caso el sistema no solicita fechas de inicio y término. Una vez guardada la información, deberán esperar a que el Departamento de UPIS revise y valide la información registrada.

Plan de Estudios 2000

Nuevamente, el proceso dependerá del supuesto al que pertenezcan los prestadores.

PRIMER SUPUESTO: PRESTACIÓN DE 480 HORAS DE SERVICIO

Se trata de aquellos alumnos que deben realizar 480 horas de servicio, con base en los artículos 52 y 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5°Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones, desarrollando las actividades encomendadas y avaladas por la institución de gobierno de su elección. El procedimiento en estos casos es el siguiente:

  • Para iniciar su servicio social, el alumno deberá acercarse con el jefe de departamento de la licenciatura que le corresponde (en las oficinas de la Subdirección Académica) para solicitar información sobre los lugares y fechas disponibles; una vez determinado el lugar, la Subdirección Académica les entregará una carta de presentación dirigida a la dependencia donde se realizará el servicio.
  • La dependencia entregará a cambio una carta de aceptación, la cual deberán entregar en el departamento de la licenciatura que le corresponda (oficinas de la Subdirección Académica). El servicio inicia a partir de este momento y de acuerdo a las fechas determinadas en el punto anterior.
  • Una vez finalizadas las 480 horas de prestación del servicio, la institución entregará al alumno su carta de terminación del servicio social, documento que también será entregado al jefe de departamento de la licenciatura correspondiente (oficinas de la Subdirección Académica).
  • La Subdirección Académica procederá a informar a UPIS sobre los alumnos que concluyeron su servicio, para elaborar las cartas de liberación correspondientes.

NOTA: Los alumnos de modalidad escolarizada deberán pasar a las oficinas de UPIS a recoger su carta; los alumnos de modalidad no escolarizada podrán solicitarla por correo electrónico bajo condición de recoger el documento impreso en cuanto tengan oportunidad de acudir a la escuela.

SEGUNDO SUPUESTO: ARTÍCULO 91

Aquellos que lo liberan por artículo 91 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal, y en el Artículo 52 de la misma Ley; así mismo, de acuerdo a lo que indica el Capítulo VIII del Reglamento de Servicio Social de la ENBA. Este supuesto está dirigido a alumnos que no requieren realizar su Servicio Social por encontrase en alguno de los tres casos descritos a continuación:

  1. Ser trabajador activo de la Federación o de los gobiernos estatales, municipales o de la Ciudad de México, con al menos un año de antigüedad en funciones de manera ininterrumpida al momento de tramitar su carta de liberación.
  2. Ser adultos mayores de 60 años al momento de tramitar su carta de liberación.
  3. Ser personas con capacidades diferentes al momento de tramitar su carta de liberación.

Para quienes se encuentran en este segundo supuesto, deberán tomar en cuenta los siguientes puntos:

  • Es obligatorio estar o haber estado inscrito en la unidad de aprendizaje “Servicio Social”, correspondiente al noveno semestre, para poder solicitar la liberación por artículo 91.
  • El plazo que tiene el interesado para solicitar su carta va desde el inicio del semestre hasta dos semanas antes de finalizar el semestre en curso; se recomienda ampliamente no esperar a la última semana con la finalidad de evitar la no elaboración y entrega a tiempo del documento para informar de la liberación a la Subdirección Académica.
  • Una vez obtenida su carta de liberación, deberán presentar el documento a su jefe de licenciatura, para que proceda a asentar la calificación correspondiente.

NOTA: La unidad de aprendizaje “Estancia profesional”, correspondiente al quinto semestre, no puede liberarse por artículo 91. Es obligatorio desarrollar las actividades que corresponden a la Estancia según indicaciones emitidas por la Subdirección Académica.

Si el interesado cumple con los requisitos del artículo 91, deberán entregar en las oficinas de la UPIS los siguientes documentos:

  • Constancia para trámite Servicio Social, el cual comprueba que se ha cumplido con al menos el 70% de los créditos del plan de estudio en el cual se encuentra inscrito (se tramita personalmente en Gestión Escolar).
  • Constancia de funciones o labores que desempeña en su trabajo, emitida por la institución donde labora, sellada y firmada por su jefe inmediato, original.
  • Constancia de antigüedad, donde conste tener al menos un año de laborar ininterrumpidamente en la dependencia, emitida por el área de recursos humanos de la institución donde trabaja, original.
  • Copia simple del último talón de pago del mes.

Una vez entregada la documentación, se procederá a realizar la carta de liberación la cual deberán recoger tres días hábiles después de presentar la solicitud.

NOTA: Los alumnos de la modalidad no escolarizada deberán seguir los mismos procedimientos descritos anteriormente; en caso de encontrase en el primer supuesto, deberán mantener comunicación con sus jefes de licenciatura respectivos por correo electrónico.

En caso de estar en el segundo supuesto, deberán enviar sus documentos escaneados al correo electrónico del titular de UPIS.

Los alumnos de modalidad escolarizada deberán pasar a recoger su documento impreso entre tres y cinco días hábiles posteriores a su solicitud; los de modalidad no escolarizada lo recibirán por correo electrónico, pero deberán recoger su carta en cuanto tengan oportunidad de acudir a la escuela.

Cabe señalar que la liberación del servicio social como trabajadores activos de gobierno o de exención como personas discapacitadas o mayores de 60 años no los exime de cursar las asignaturas de Estancia Profesional y Servicio Social en quinto y noveno semestres, respectivamente, en los términos establecidos por la Subdirección Académica.

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